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title: Registro de Buques bajo Banderas Extranjeras
url: https://www.allaboutpanamacity.com/es/guides/articulos/registro-de-buques
summary: Explora las normativas, procedimientos y beneficios del registro de buques bajo banderas extranjeras en Panamá.
date: 2024-09-20
lastmod: 2024-09-20
tags: burocracia
language: es
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## Legislación de Panamá sobre Registro de Buques bajo Banderas Extranjeras

**La Ley 57 del 6 de agosto de 2008** regula la ley marítima general de Panamá, abarcando asuntos relacionados con el registro de buques, embarcaciones, importaciones y exportaciones, y comercio marítimo. Esta ley regula la legislación panameña respecto al uso de banderas extranjeras.

## ¿Qué es una Bandera de Conveniencia?

En la República de Panamá, los buques pueden registrarse con dos fines principales: Servicio Doméstico o Servicio Internacional, y esto puede realizarse a título personal o a través de una corporación. El registro de buques es un acto administrativo en el que el estado otorga a una embarcación su nacionalidad y la autoriza a enarbolar la bandera panameña (izar o exhibir la bandera nacional).

## Procedimiento

El proceso de registro de buques puede completarse en un plazo de **30 días hábiles**. El representante legal debe presentar la solicitud de registro utilizando el **token PKI**, junto con toda la información previamente suministrada por el propietario del buque, a la **Dirección General de la Marina Mercante** en Panamá o en un consulado autorizado de la República de Panamá.

## Cómo Registrar un Buque de Propiedad Extranjera en Panamá

Para registrar un buque para servicio internacional, se requieren los siguientes documentos:

- El documento original que designa al agente residente, emitido por el propietario y debidamente autenticado si fue emitido en el extranjero.
- Prueba prima facie de la propiedad del buque o intención de adquirirla.
- Comprobante de pago de los impuestos, tasas y derechos aplicables.
- Cualquier documento adicional requerido por la **Dirección General de la Marina Mercante**.

Los buques para servicio internacional y los buques registrados en el extranjero que naveguen en aguas jurisdiccionales panameñas deben portar un permiso de navegación emitido por la **Dirección General de la Marina Mercante**. Los requisitos técnicos para dicho permiso serán establecidos por la Dirección.

## Controversias y Críticas

El registro de buques bajo bandera panameña representa el **22.3% de la flota marítima mundial**. Recientemente, se ha observado un aumento en el número de buques registrados en Panamá. Este crecimiento se atribuye a las medidas adoptadas por la **Dirección General de la Marina Mercante** para agilizar el registro, eliminando los buques no conformes y promoviendo al mismo tiempo la inscripción de buques de nueva construcción y de aquellos con mayor tonelaje.

Gracias a estos estándares más rigurosos, Panamá ha sido incluida por primera vez en la **Lista Blanca del Memorando de París (Paris MOU)**. Esta lista incluye a los países seleccionados que cumplen con los más altos estándares de seguridad marítima.
